Free modern home office image

Se publicó la Ley de Home office, ¿Te beneficia?

 La Secretaría del Trabajo de México anunció este viernes nuevas normas para el teletrabajo, o home office, que obligan a los empresarios a pagar el internet y proporcionar sillas ergonómicas a los empleados que trabajen desde la casa.

Las nuevas regulaciones también prevén el «derecho a la desconexión» para los empleados que laboren al menos 40 por ciento de su tiempo bajo la modalidad de teletrabajo.

Esta Norma Oficial Mexicana (NOM), publicada el jueves por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), fue realizada en colaboración con organizaciones de empleadores, sindicatos, sociedad civil, instituciones académicas, IMSS, ISSSTE, y la Profedet.

Obligaciones de la empresa

La Secretaria del Trabajo dio a conocer que los empleadores deberán cubrir el pago proporcional de internet, la electricidad, la computadora, tableta, teléfono celular e impresora cuando se trabaje desde casa. Según las nuevas normas, si la casa de un empleado no es segura y no está bien iluminada y ventilada, no se le puede obligar a trabajar allí.

Los inspectores de la empresa podrán visitar los domicilios de los trabajadores, o se puede pedir a los empleados que saquen fotos de su casa, para demostrar que cumple los requisitos laborales.

Los trabajadores a distancia no pueden cobrar menos que los que van a una oficina, y deben tener un horario laboral fijo.

Cosas que deben cumplir los trabajadores

De acuerdo con la norma publicada en el Diario Oficial, los trabajadores en home office, deberán:

Brindar a la Comisión de Seguridad e Higiene, si está de acuerdo el trabajador, las facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el lugar de trabajo, fuera del centro de trabajo, o como alternativa aplicar la lista de verificación sobre las condiciones de seguridad y salud en el lugar o lugares de trabajo para desempeñar sus actividades de Teletrabajo, antes de figurar como persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo, y después de serlo, con la periodicidad que corresponda.

 Informar al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del Teletrabajo, incluidos aquellos acontecimientos traumáticos severos que hubiere presenciado o sufrido, con motivo o en ejercicio de su trabajo.

Aquí puedes leer la NOM 037 publicada en el Diario Oficial de la Federación

Algunas empresas han adoptado un modelo «mixto» en el que los trabajadores acuden a la oficina sólo parte de la semana. Las nuevas normas solamente aplican a quienes trabajan a distancia al menos 40% de la semana.

Deja un comentario