Diputado Rubio presenta iniciativa para incrementar ingresos de las alcaldías

El diputado local Ricardo Rubio presentó una iniciativa para incrementar la participación, es decir, los ingresos de la Alcaldías.

De acuerdo con el legislador, los ingresos municipales se pueden agrupar en dos grandes rubros:

a) Ingresos Ordinarios, los cuales a su vez se dividen en:

  • Impuestos,
  • Derechos,
  • Productos,
  • Aprovechamientos y,
  • Participaciones.

b) Los ingresos extraordinarios, que son aquellos ingresos que el municipio puede obtener de personas físicas o morales, o de otros niveles gubernamentales. Existen aportaciones para obra pública y requieren de un convenio entre los beneficiados y la autoridad, para lo cual llegan a firmarse documentos.

El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios se ubica en el primer tipo de ingresos, y es el gravamen que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, entre otros bienes, principalmente. Igual que el IVA es un impuesto indirecto, debido a que los contribuyentes no lo pagan directamente sino que lo trasladan o cobran a sus clientes (excepto en importación) y el contribuyente sólo lo reporta al SAT.

Al día de hoy, los municipios reciben únicamente el 20 por ciento de lo recaudado por este impuesto, lo que complica aún más la ya de por sí complicada situación económica de los municipios y alcaldías, a pesar de que son el primer contacto con la ciudadanía.

“La propuesta pretende incrementar la participación de las Alcaldías y municipios respecto del Impuesto Especial Sobre Producciones y Servicios (IEPS), una exigencia de hace muchos años, la cual traería enormes beneficios económicos”.

“Resulta necesario estimular e incrementar la recaudación fiscal de los municipios y realizar una mejor distribución de los impuestos recaudados entre los tres órdenes de gobierno, comenzando por el municipio, a fin de que estos cuenten con más recursos económicos y puedan cumplir de una manera más expedita y eficiente con sus encomiendas constitucionales y legales”.

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