Con el fin de continuar con la protección de los animales domésticos, el diputado del Grupo Parlamentario de Morena, Nazario Norberto Sánchez, presentó una iniciativa para evitar por ley su consumo bajo cualquier circunstancia.
Por ello se establece una nueva fracción 26 al Artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales, que prohíbe criar, enajenar o adquirir animales domésticos para consumo humano, una sanción de 10 a 250 UMAS, (hasta 24 mil 55 pesos ).
Asimismo, en el Código Penal local, se agrava hasta en una mitad la pena principal del Artículo 350 Ter, que castiga de dos a cuatro años de prisión y de 200 a 400 días multa, así como el aseguramiento de todos los animales que pudieran tener los sujetos activos que sacrifiquen animales domésticos para consumo humano.
La constitución capitalina reconoce a los animales como seres sintientes
Recalcó que en la Constitución local se reconoce a los animales como seres sintientes y se establece la obligación de las autoridades a garantizar su protección, bienestar, un trato digno y respetuoso al tiempo que los artículos 350 bis y ter de la ley penal sancionan a aquellas personas que cometen actos de maltrato o crueldad en contra de animales.
“No obstante, pese a tal marco jurídico, el hecho de que una persona crie, venda, o compre carne de animales domésticos como perros o gatos en esta Capital, no se encuentra prohibido en la Ley de protección a los animales, ni tampoco existe una agravante en el Código Penal que lo castigue» señaló.
Finalmente, extenó que quizá no sean suficientes para reparar el daño que estas conductas generan a la fauna, sin embargo, es necesario seguir avanzando en la salvaguarda y protección a los mismos y es justo que quienes afectan la integridad de los animales sean sancionados en materia penal.
Se suscribieron a la iniciativa los diputados de Morena Adriana Espinoza de los Monteros y Christian Moctezuma.
